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Gestión y Asesoramiento

La declaración de la Renta

Planificar la Declaración de la Renta, se debe efectuar a lo largo de todo el año. La declaración anual de los impuestos, no se hace en los meses de mayo y junio de cada año. En este periodo se confecciona y presenta. Es conveniente que cualquier operación que pueda influir en la declaración del Impuesto de la Renta, sea planificada con anterioriedad y, antes de finalizar el ejercicio hacer un cálculo aproximado de la misma. Todavía se pueden tomar decisiones, tales como: inversiones en Planes de Pensiones, reparto de dividendos, ventas de valores y algunas otras.

Constituir una sociedad mercantil

Antes de la constitución de una sociedad, se deben prever todos los aspectos que incidirán en la vida de la misma y planificarla de acuerdo con lo que sea mas conveniente. En primer lugar, no siempre la constitución de una sociedad para realizar una actividad puede ser la fórmula más adecuada. No hay que descartar la persona física, sociedad civil o la comunidad de bienes. Planificar las circunstancias de los socios y sus participaciones en el capital, atribuciones, gerente, sueldos, empleados, afiliaciones a la Seguridad Social de los socios trabajadores, capital, transmisión de acciones o participaciones, el objeto social, etc. Todos estos aspectos y algunos otros son imprescindibles haberlos previsto y estudiado cada uno además de haber hecho una planificación fiscal.

Obligaciones mínimas en materia laboral en las empresas

Es obligatorio que todas las empresas tengan el Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Los trabajadores tienen que tener las revisiones médicas obligatorias. Tener expuesto en el centro de trabajo el calendario laboral y horario.

La Tributación de la Herencia

Cuando se plantea esta situación, lo primero que se debe pensar es que plazo tengo para solucionar el problema, tendré que pagar mucho y necesitaré ayuda para todo ello. La primera pregunta tiene fácil respuesta. Desde la fecha del fallecimiento hay seis meses para efectuar la declaración de los bienes que integrarán la herencia, que puede dar lugar al pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. La declaración de bienes conlleva una valoración de los mismos y es aquí donde se debe de solicitar un buen asesoramiento fiscal, para evitar problemas posteriores. Hoy en día existen diversas exenciones, tanto en la figura de los herederos: familiares según grados de parentesco, minusvalías, etc., como en los bienes: vivienda habitual, patrimonio empresarial, etc., amén de la diversidad de legislaciones según Comunidades Autónomas. Es importante también antes de efectuar ante el notario la declaración de herederos, si fuera necesario, conocer que destino posterior daremos a los bienes heredados, ya que puede tener repercusiones fiscales que deberíamos conocer de antemano para evitar sorpresas. Nuestra recomendación es acudir al asesoramiento fiscal profesional como inicio de cualquier gestión posterior. Al margen de todo ello, todos deberíamos tener efectuado el testamento, para evitar problemas para nuestros herederos.